CONFECCIÓN EN 3 A 4 DÍAS HÁBILES
INCLUYE:
→ Confección del Pacto Social
→ Poder General Registrado (si es solicitado dentro del Pacto Social)
→ Gastos de Notaría y Registro de la Sociedad
→ Acta Estándar de Emisión de Acciones de la Sociedad
→ Renuncia de los Suscriptores iniciales de la Sociedad
→ Hasta tres (3) Certificados de Acciones de la Sociedad
→ Honorarios de Agente Residente de la Sociedad (1er Año)
→ Tasa Única del 1er Año
$1,400.00*
INCLUYE:
→ Costos de Notaría y Registro
→ Honorarios Profesionales por Constitución
→ Tasa Única del Primer Año
→ Elaboración del Reglamento Privado (Estándar)
→ Renuncia Anticipada de los Directores Nominales (en caso de que este servicio sea contratado)
→ Poder General si es solicitado e incluido en el Acta Fundacional
→ Consulta preliminar gratuita
DESDE $75.00*
→ Plan Holding para Sociedades no Operativas y Fundaciones de Interés Privado
→ Hasta 60 documentos mensuales a procesar
→ Registro de Facturas de Ventas y Compras
→ Registro de Cheques y Comprobantes de Pago (incluye Caja Menuda)
→ Copia de Estados de Cuenta Bancarios
→ Informes Contables: Libro Diario, Libro Mayor
→ Reporte de Ganancia y Pérdida
SERVICIOS CONTABLES OPCIONALES:
→ Estados Financieros
→ Conciliación Bancaria
→ Preparación y Presentación de Declaraciones de Renta
→ Impuestos y Reportes
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS OPCIONALES:
→ CAJA DE SEGURO SOCIAL:
→ MUNICIPIO DE PANAMÁ:
→ DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS:
Panorama
La República de Panamá ha atravesado un largo período de ajustes dirigidas a reforzar la confianza en su plata forma de servicios internacionales, especialmente sobre el sector de los Servicios Legales Offshore y Bancarios que el país ofrece.Las reformas realizadas al Centro de Servicio Offshore panameño nos han permitido hacer los correctivos necesarios, teniendo en cuenta las nuevas realidades de la industria de servicios offshore que exigían mayor claridad y transparencia, poniéndonos al nivel de jurisdicciones tales como la de Islas Vírgenes Británicas (BVI), Seychelles y otras.
Objetivo de las Reformas
Todas estas reformas han tenido por objetivo el permitir que los clientes-inversionistas puedan efectuar sus transacciones comerciales, desarrollar su estructuración y Planificar su Patrimonio o desarrollar la Estrategia de Negocios a su conveniencia.De esta forma, la exigencia de una Debida Diligencia para Conocer al Cliente, el Registro de Beneficiarios Finales, la penalización de la evasión fiscal, la necesidad de realizar un depósito para la Custodia de las Acciones emitidas Al Portador, la obligación de todas las sociedades panameñas offshore, sean estas sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, así como de las fundaciones de interés privado de llevar registros contables actualizados, la actualización de las leyes sobre la Insolvencia y el reforzamiento de las funciones y responsabilidades de los Agentes Residentes, son todas ellas una muestra de la firme intención de la República de Panamá de reforzar el Centro de Servicios Internacionales y de permitir la continuación del desarrollo de las actividades offshore.
La plataforma de Servicios Internacionales de Panamá sigue brindando a la clientela internacional estos servicios con calidad y eficiencia, por lo que los invitamos a continuar prefiriendo nuestros instrumentos y nuestro Centro de Servicios.
Estado Actual
Los últimos ajustes realizados a la estructura legal que soportan nuestros servicios legales offshore han sido dirigidos a brindar mayor soporte, transparencia y generar confianza en la comunidad internacional y a combatir el uso indebido de los mismos.Las usuales razones, de orden práctico, que han motivado a los clientes a tomar la decisión de constituir una sociedad offshore, sea anónima o de responsabilidad limitada, o una fundación de interés privado, siguen siendo válidos en estos momentos.
La confidencialidad, la necesidad de preservar el patrimonio o de estructurarlo para separar bienes o realizar operaciones comerciales específicas, separar las responsabilidades o reducir los riesgos, continúan siendo los principales objetivos que se alcanzan utilizando las sociedades offshore y las fundaciones de interés privado panameñas.
Instrumentos de Inversión Reforzados
Estas motivaciones de orden práctico se ven reforzadas por la efectiva transparencia y seguridad que otorga el registro de beneficiarios finales y la obligación de llevar registros contables, lo que garantiza el cumplimiento de los principios de Tributación Internacional de Sustancia Sobre Forma, de Transparencia y de Responsabilidad.También el Cliente-Inversionista ahora tiene la posibilidad de hacer su estructuración, teniendo a su alcance la posibilidad de definir con claridad el Domicilio Fiscal de su Operación, crear un establecimiento permanente (agencias, representantes con actividad continua u ocasional), acogerse a los Tratados que reducen las tasas de impuesto a pagar, llevar a cabo la deducción de los impuestos pagados en el extranjero, o aplicar tasas especiales cuando se trate de rentas provenientes de beneficios empresariales, regalías, dividendos, intereses, cánones, ganancias de capital.
De esta forma, el Cliente-Inversionista tiene la posibilidad de evitar la doble tributación internacional, cuando se trate de personas independientes, asalariados, deportistas, artistas, pensionados, o estudiantes, recordando que la República de Panamá mantiene como piedra angular el Principio de Renta Territorial.
Jurisdicción Transparente
Ahora se cuenta con instrumentos que permiten luchar contra cualquier forma de discriminación, lo cual evita la calificación de paraíso fiscal y, por lo tanto, facilitan que el Cliente-Inversionista pueda defenderse contra las tasas discriminatorias, mediante los procedimientos relacionados a los Precios de Transferencia y descartando la aplicación de la condición de partes relacionadas en el comercio internacional.Es por ello que si el Cliente-Inversionista se asesora adecuadamente, el uso de nuestros instrumentos offshore, con fines de optimización comercial, fiscal o patrimonial le resultará muy beneficiosos, pudiendo hacer todas las declaraciones y pagando todos los impuestos que se le requiera, a tasas fijas muy cómodas, de acuerdo a su estrategia de negocios.
Utilización Usual de los Vehículos de Inversión de Panamá
Las Sociedades Panameñas Offshore, sean estas Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada, así como las Fundaciones de Interés Privado, pueden ser propietarias de toda clase de bienes, en especial, pueden ser tenedores o “holdings” de Cuentas Bancarias de Ahorro, Corrientes o de Inversión, de Bonos, Títulos Valores, Acciones de otras sociedades, Bienes y Raíces, Yates, Naves, aeronaves (aviones) y pueden participar en cualquier transacción comercial lícita.Los bienes que se encuentren ubicados en el exterior y que estén a nombre de una Sociedad Offshore o de alguna Fundación de Interés Privado, se consideraran como bienes separados de aquellos del patrimonio del accionista, constituyendo un patrimonio de afectado a un fin distinto.
Holdings de Bienes y Acciones
Se entiende por “holdings” aquellas sociedades que, sin tener una operación comercial directa, son tenedores y titulares de activos, principalmente constituidos por acciones o títulos Valores emitidos por otras sociedades.Una sociedad panameña, sea esta una Sociedad Anónima o de Responsabilidad Limitada, o una Fundación de Interés Privado, puede efectivamente utilizarse como holding de otras Sociedades Panameñas o de sociedades constituidas en otras legislaciones.
Las Sociedades Holding, son útiles para organizar estrategias empresariales, permitiendo que los beneficios o dividendos se distribuyan al holding, reduciendo los dividendos y los impuestos a pagar.
También se pueden utilizar las compañías offshore como titulares de patentes, derechos de autor y marcas, permitiendo su fácil administración y disposición, así como la planificación patrimonial y de gestión de las regalías.
Comercio Internacional y la Refacturación de Operaciones Mercantiles
Nuestro Código Fiscal permite las operaciones comerciales triangulares y la refacturación de dichas operaciones, desde una oficina ubicada en Panamá, de transacciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos exclusivamente en el exterior.En otras palabras, las Sociedades Offshore Panameñas, sean estas Sociedades anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada, pueden ser utilizadas para realizar operaciones de comerciales sobre bienes y mercancías en el exterior, desde una oficina ubicada en Panamá, al igual que facturar actividades o negocios realizados en el extranjero, sin que estos bienes transiten por el territorio fiscal panameño. Para los efectos de esta operación comercial, las transacciones realizadas en las Zonas Libres, tales como las realizadas en la Zona Libre de Colon o en la Zona Panama-Pacific se considerarán exentas, por entenderse que se realizan como parte de una transacción de reexportación o dirigida al exterior.
Panamá es conocido como un Centro Bancario Internacional y de Servicios Corporativos Offshore, principalmente por su sistema tributario basado en el principio de territorialidad, lo que permite organizar y proteger su patrimonio de manera eficiente.
Desde Panamá, usted puede tener acceso a todos los servicios internacionales de primer orden dirigidos a la gestión y al manejo patrimonial de su familia o de su empresa, mediante la utilización adecuada de los instrumentos que Nuestra Legislación provee.
Las ultimas actualizaciones legislativas han sido dirigidas a fortalecer la plataforma de servicios, a través de la transparencia y de la seguridad, a fin que la misma sea utilizada de manera racional y efectiva.
Panamá cuenta con tres tipos de instrumentos que le permiten al inversionista realizar el Planeamiento Fiscal y Tributario que requiere, así como la Protección de sus Activos más importantes. Este es el caso de las Sociedades Anónimas o Corporaciones Offshore, las Sociedades de Responsabilidad Limitada en Panamá (SRL) y las Fundaciones de Interés Privado en Panamá.
¿Por qué utilizar un Centro de Servicios Offshore?
Normalmente las personas que utilizan los centros internacionales de servicios, buscan prestaciones especializadas que le permitan rentabilizar sus inversiones y, administrar eficientemente el desarrollo empresarial.Las Sociedades Offshore en Panamá, conocidas también como Compañías Offshore o Corporaciones Offshore en Panamá, son los instrumentos fiscales por excelencia, pues tienen diversas funciones y beneficios.
Suelen utilizarse para Planificación Fiscal, pero su mayor aprovechamiento se encuentra en la gestión comercial y económica, para facilitar los intercambios comerciales de bienes y servicios, así como medio de Protección de Activos.
Las Sociedades Offshore Panameñas, adoptan por lo general, la forma jurídica de sociedades anónimas, lo cual ayuda a proteger la identidad de los titulares, que mediante el uso de poderes no registrados y directores nominales, pueden reforzar los niveles de confidencialidad del cliente.
Ahora bien, las Sociedades Offshore Panameñas también pueden adoptar la forma de Sociedades de Responsabilidad Limitada y de cualquier otra especie, siempre que no realicen o desarrollen actividades locales en Panamá, ya que el Principio de Territorialidad del Código Fiscal panameño les exoneraría las rentas o las ganancias obtenidas exclusivamente fuera del territorio panameño, pero no así las obtenidas localmente.
Usted puede transferir a una Sociedad Offshore o Anónima la titularidad de toda clase de bienes.
Las Sociedades de Responsabilidad Limitada Offshore complementan los instrumentos que ya posee Panamá: Sociedades o Corporaciones Anónimas Offshore, Fundaciones de Interés Privado, Fideicomisos o Trust y las Operaciones Bancarias.
Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (LTD o SRL) son un híbrido entre una sociedad de personas y una sociedad de acciones (Compañías o Corporaciones Offshore).
Panamá ofrece también la opción de las Fundaciones de Interés Privado, cuya Estructura Legal facilita el manejo de la misma como medio de Última Voluntad y Protección de Activos.
Las Fundaciones de Interés Privado Panameñas no pueden realizar (regular y profesionalmente) actos de comercio, por lo que se diferencian de las Sociedades Anónimas en este aspecto, sirviendo más como medio de Protección de Activos que como medio de gestión económica.
Las Fundaciones de Interés Privado pueden ser utilizadas como holding de acciones, como titulares de bienes muebles o inmuebles, incluso de cuentas bancarias o bien para planificar el futuro familiar.
Panamá es conocido por su Centro de Servicios Offshore, destacándose el Centro Bancario Internacional, que permite la apertura de una Cuenta Bancaria Extranjera o local, herramienta indispensable para realizar operaciones financieras en una estructura offshore de planeamiento fiscal o de protección de activos, en conjunto con las corporaciones offshore, fundaciones de interés privado y los fideicomisos.
En la Firma de Abogados CORBETTI LAWYERS & INVESTMENT FIRM le ayudamos en el proceso de Apertura de Cuentas Bancarias en entidades de reconocido prestigio, brindándoles el servicio de preparar toda la documentación necesaria, como es el caso de las solicitudes de apertura de cuenta bancaria, en la redacción u obtención de los documentos legales requeridos, legalizaciones de las Actas de Corporaciones o sociedades offshore que nosotros administremos, guiándoles durante el proceso. Los trámites pueden realizarse desde el extranjero.
En general, los Bancos requerirán información y referencias sobre el historial comercial y bancario del interesado y, en ocasiones, una entrevista o reunión personal con el futuro Ejecutivo de su cuenta bancaria en Panamá podría ser necesaria.
Una vez aceptada la solicitud por el Banco, se podrán realizar depósitos y retiros de fondos, ejecutar transferencias o cursar órdenes de inversiones, recibir sus chequeras, tarjetas de crédito, etc. Con esto, nuestra tarea quedaría culminada, no teniendo relación alguna con el movimiento de la cuenta o con las transacciones que se realicen en ella, por razones de discreción y confidencialidad.
La utilización del servicio de domiciliación o de oficina virtual permite que las empresas, para los efectos legales, fiscales y de negocios, acogerse a la jurisdicción más beneficiosa, designando su domicilio o sede social, en el lugar donde más beneficios podrían obtener.
La Domiciliación de Sociedades ofrece como gran ventaja, ser complemento eficaz del proceso de Refacturación o Triangulación Comercial, permitiendo que, gracias a la oficina virtual de sociedades se puedan reducir los gastos iniciales de una oficina física, que pueden ser a menudo costosos.
El desarrollo de las comunicaciones permite que exista un efectivo intercambio de información y control de las actividades, por parte del propietario de la sociedad intermediaria, cuyo domicilio estaría ubicado virtualmente en nuestra dirección física, no siendo necesario que se traslade a Panamá, cada vez que desee celebrar o concluir un negocio, cuya jurisdicción sea Panamá.
Intentar ahorrar impuestos, o facilitar el intercambio comercial, no es algo nuevo. Todos los países desarrollados conviven con Centros de Servicios Offshore en diversas jurisdicciones que poseen sistemas tributarios más favorables, como lo es la tributación territorial, estableciendo exenciones a las rentas extranjeras, siendo estos un reflejo diario de la globalización económica.
Las principales razones para buscar estas Jurisdicciones Offshore son de carácter comercial derivadas del comercio internacional y la diversificación de las inversiones, el ahorro de impuestos y la protección de los activos.
Para ello, en estas Jurisdicciones se ofrecen diversas estructuras, tales como Fondos de Inversión Offshore, Aseguradoras Cautivas, Fideicomisos, Sociedades o Corporaciones Anónimas, las Compañías Internacionales de Negocios, también conocidas como IBC’s, Sociedades de Responsabilidad Limitada (LLC o LLP), entre otras.
A través de nuestra red de corresponsales, estamos capacitados para proveerle de Sociedades o Corporaciones Offshore provenientes de otras jurisdicciones.
Estas Sociedades o Corporaciones Offshore en otras jurisdicciones son muy fáciles y rápidas de constituir y su administración es bastante sencilla. Estas son sociedades por acciones, pero en algunos casos las acciones al portador no se admiten o se admiten con algunas restricciones.
Panamá se caracteriza por brindar una amplia gama de servicios, en especial, al sector marítimo el cual se ha visto beneficiado por el sistema de abanderamiento o registro abierto de naves que ha permitido a la República de Panamá poseer la mayor flota mercante del mundo.
El Registro Público y el Registro de Naves se han combinado para fortalecer el sector, mientras que la Firma de Abogados CORBETTI LAWYERS & INVESTMENT FIRM cuenta con la experiencia necesaria para ayudarles en lo relacionado con el Registro de Naves, Hipotecas de yates y buques de cualquier tonelaje.
La Ley de Insolvencia en Panamá es, podríamos decirlo, un desarrollo importante en la materia que se coloca en el camino hacia el novedoso Derecho de Empresas en Dificultades, cuya finalidad reside en la intención de salvaguardar la empresa y los empleos, más que en el pago efectivo a los acreedores.
El Derecho de Empresas en Dificultades prioriza la prevención de las dificultades, el tratamiento extrajudicial de las dificultades, la conciliación, el mandato ad-hoc, la salvaguarda, la reorganización, la difícil y triste liquidación judicial ordenada, el restablecimiento personal, con la creación de ciertos privilegios en favor de los acreedores que aportan y asumen riegos para el salvamento de la empresa en dificultades.